Lunes 27 de marzo de 2023. En la recientemente aprobada Ley n.° 20.130 sobre la reforma jubilatoria en Uruguay, se incorporó el artículo 175, en la sección IV, que contempla una jubilación adaptada a las características biológicas de los trabajadores y trabajadoras con síndrome de Down (envejecimiento precoz).
Dicho artículo permitirá a las personas con síndrome de Down, jubilarse con al menos 15 años de aportes y 45 años de edad, de forma opcional.
Este logro es el resultado de un intenso trabajo llevado adelante por la ADdU contando con el asesoramiento jurídico del Ferrere Abogados, representado por las abogadas Lucía Seguí y Eugenia Cal, a quienes queremos agradecer especialmente por el apoyo incondicional y el compromiso asumido.
Con el contenido de este artículo, Uruguay es pionero a nivel internacional en reconocer una causal jubilatoria para las personas con síndrome de Down ajustada a derecho.